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	<title>Clínicas de deshomosexualización archivos &#8212; La Calle</title>
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	<title>Clínicas de deshomosexualización archivos &#8212; La Calle</title>
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		<title>Autoridades clausuraron una clínica de «deshomosexualización»</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 12 May 2023 14:48:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Social]]></category>
		<category><![CDATA[Acess]]></category>
		<category><![CDATA[Clínicas de deshomosexualización]]></category>
		<category><![CDATA[Cotacachi]]></category>
		<category><![CDATA[establecimientos de salud]]></category>
		<category><![CDATA[Imbabura]]></category>
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		<category><![CDATA[Paola Bolaños]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 12 may (La Calle).- En Cotacahi, provincia de Imbabura, se clausuró una clínica que brindaba tratamientos de «deshomosexualización«. Una denuncia en la Defensoría del Pueblo dio alerta sobre este lugar que «trataba adicciones». La Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acess) llegó al lugar para verificar [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 12 may (La Calle).- </strong>En Cotacahi, provincia de Imbabura, se clausuró una clínica que brindaba tratamientos de<strong> </strong>«<strong>deshomosexualización</strong>«. Una denuncia en la Defensoría del Pueblo dio alerta sobre este lugar que «trataba adicciones».</p>



<p>La Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acess) llegó al lugar para verificar la acusación. El equipo informó que la supuesta casa de rehabilitación <strong>no contaba con los permisos de funcionamient</strong>o. </p>



<p>La directora zonal 1 de <a href="http://www.acess.gob.ec/">Acces</a>, Paola Bolaños dijo que la institución “no contaba con el licenciamiento ni con permiso de funcionamiento otorgados por la Agencia, ante lo cual se adoptó la medida provisional de clausura, con el fin de proteger el derecho a la salud de los <strong>18 pacientes</strong>, <strong>entre ellos un menor de edad</strong>, que se encontraban en el sitio”.</p>



<p>Los pacientes fueron evaluados por personal del Ministerio de Salud. Además<strong>,  pusieron al menor de edad a recaudo de sus padres.</strong></p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué alertó a las autoridades?</strong></h3>



<p>La denuncia que llegó a la Defensoría del Pueblo, aludía a que el lugar ofertaba <a href="https://radiolacalle.com/no-estaba-desparecido-su-familia-lo-interno-por-su-orientacion-sexual/">tratamientos</a> para que las <strong>personas con diferentes orientaciones sexuales se «sanen»</strong>. De la misma manera, existe la posibilidad de que se hayan vulnerado los derechos de los pacientes.  </p>



<p>Asimismo, las <strong>faltas a la normativa sanitaria vigente</strong> permitieron que las autoridades realicen la evaluación de toda la clínica. Se evaluó la infraestructura, equipamiento, talento humano y normativas conexas del lugar, según las autoridades.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Las prohibiciones que tiene un centro de Rehabilitación</strong></h3>



<p>El Acuerdo Ministerial 080, que expide la <strong>Normativa Sanitaria para el Control y Vigilancia de los Establecimientos de Salud</strong> establece varias prohibiciones:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Mantener internos a los pacientes contra su voluntad.</li>



<li>Promover prácticas de intimidación, violencia, acoso, abuso sexual, de género y otras.</li>



<li>Discriminar a los pacientes por su condición social, origen, identidad étnica, sexual, religiosa o cultural.</li>



<li>Utilizar cualquier forma de maltrato físico, psicológico, sexual, violencia de género sobre las personas, a través de torturas o penas crueles inhumanas, degradantes.</li>



<li>Retener o someter a personas por medios violentos físicos o psicológicos, para proceder a su internamiento forzado.</li>



<li>Ingresar a propiedad privada con el fin de retener o someter a una persona.</li>



<li><strong>Ofrecer tratamientos para trastornos tales como el “tratamiento para la homosexualidad”</strong>, tratamientos para patologías como trastornos de personalidad y problemáticas de conducta. <strong>(D.C.)</strong></li>
</ul>
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		<title>Los servicios de las «clínicas de deshomosexualización» son un delito de tortura en Ecuador</title>
		<link>https://lacalle.media/los-servicios-de-las-clinicas-de-deshomosexualizacion-son-un-delito-de-tortura-en-ecuador/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 02 Sep 2020 23:07:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Social]]></category>
		<category><![CDATA[Clínicas de deshomosexualización]]></category>
		<category><![CDATA[Código Orgánico de Salud]]></category>
		<category><![CDATA[COIP]]></category>
		<category><![CDATA[Ecuador]]></category>
		<category><![CDATA[LGBTI]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Este es uno de los temas, en materia de derechos de la comunidad LGBTIQ+, que recoge el Código Orgánico de Salud (COS), aprobado el 25 de agosto.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 02 sep (La Calle). &#8211; </strong>Los servicios que ofertan las «clínicas de deshomosexualización» son considerados un delito de tortura en el país, según el Art. 151, numeral 3 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).</p>



<p>Este es uno de los temas, en materia de derechos LGBTIQ+, que recoge el Código Orgánico de Salud (COS), aprobado el 25 de agosto.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿Qué contiene este artículo?</h4>



<p>El Art. 208 del COS manifiesta que «se prohibe la oferta de servicios que tengan como finalidad cambiar la orientación sexual o identidad de género, por cualquier tipo de método o bajo cualquier circunstancia».</p>



<p>La oferta de estos servicios en ciertos centros de tortura es considera como «falta muy grave» en el Art. 401 del COS, donde se determina que «será sancionado con multa de treinta salarios básicos unificados del trabajador en general y clausura definitiva del establecimiento». </p>



<h4 class="wp-block-heading">Lasso y la Iglesia se oponen a la desaparición de estos centros de tortura</h4>



<p>Hace unos días, el banquero Guillermo Lasso y la Conferencia Episcopal Ecuatoriana enviaron al Ejecutivo algunas observaciones sobre el nuevo COS. Una de ellas se opone a la aprobación del artículo en cuestión.</p>



<p>Frente a esto, Christian Paula, director del Instituto de Igualdad Género y Derechos de la Universidad Central del Ecuador expresa: «yo me pregunto ¿estamos promoviendo un delito?. Porque la prohibición del cambio de sexo e identidad de género en Ecuador es un delito en las personas que intenten modificar estas características a través de procedimeintos quirúrgicos, médicos o psicológicos».</p>



<p>Christian Paula asegura que sectores religiosos auspician la existencia de estos servicios. Los procedimientos de estas clínicas fueron atacados por la política pública, desde el 2012 y esto hizo que no desaparezcan sino que continuén operando, pero, desde la clandestinidad.</p>



<figure class="wp-block-embed-youtube wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
https://youtu.be/8H33Q_-BzoQ
</div></figure>



<h4 class="wp-block-heading">COIP</h4>



<p><a href="https://tbinternet.ohchr.org/Treaties/CEDAW/Shared%20Documents/ECU/INT_CEDAW_ARL_ECU_18950_S.pdf">El Art. 151, numeral 3 del COIP</a> sanciona con con pena privativa de libertad<br>de siete a diez años a quien «inflija u ordene infligir a otra persona, grave dolor o sufrimiento, ya sea de naturaleza física o psíquica, con la intención de modificar la identidad de género u orientación sexual».</p>
<p>La entrada <a href="https://lacalle.media/los-servicios-de-las-clinicas-de-deshomosexualizacion-son-un-delito-de-tortura-en-ecuador/">Los servicios de las «clínicas de deshomosexualización» son un delito de tortura en Ecuador</a> se publicó primero en <a href="https://lacalle.media">La Calle</a>.</p>
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