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	<title>cobro anticipado de impuestos archivos &#8212; La Calle</title>
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	<title>cobro anticipado de impuestos archivos &#8212; La Calle</title>
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		<title>Moreno decreta el cobro anticipado del impuesto a la renta</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Sep 2020 21:47:44 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[cobro anticipado de impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[Impuesto a la renta]]></category>
		<category><![CDATA[Lenín Moreno]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El presidente Lenín Moreno decretó, este jueves, el cobro anticipado del impuesto a la renta que, según el mandatario, irá al sector salud.</p>
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<p><strong>Quito, 03 sep (La Calle). –</strong> El presidente <a href="https://twitter.com/Lenin?s=20">Lenín Moreno</a> decretó, este jueves, <a href="https://radiolacalle.com/moreno-ordena-recaudacion-anticipada-impuesto-a-la-renta/">el cobro anticipado del impuesto a la renta</a>. De acuerdo al Decreto, lo recaudado permitirá para cubrir las necesidades y los pagos pendientes en el sector de la salud.</p>



<p>“Esto permitirá las obligaciones pendientes con la Junta de Beneficencia, Solca, Cruz Roja, entre otros prestadores; la adquisición de medicamentos, dispositivos e insumos médicos; el mantenimiento preventivo de la maquinaria sanitaria de los establecimientos del Ministerio de Salud Pública (MSP) ; entre otros rubros en salud”, dice el comunicado del Servicio de Rentas Internas.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿Quiénes pagan el impuesto?</h4>



<p>Están obligados a pagar el impuesto, las personas naturales y sociedades que obtengan ingresos gravados como impuesta a la renta. La norma exceptúa a quienes provengan de trabajo en relación de dependencia. Asimismo, deben pagar quienes tuvieron ingresos iguales o mayores a USD 5 millones en 2019 y que posean utilidad contable en el período de enero a julio de 2020, excluyendo el trabajo en condición de dependencia.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿Quiénes no lo pagan?</h4>



<p>Los sujetos pasivos (micro, pequeñas, medianas empresas), cuyos ingresos respecto al ejercicio fiscal en curso estén exonerados del pago al impuesto a la renta, que tengan domicilio tributario principal en Galápagos o su actividad se relacione a líneas aéreas, sector turístico, sector agrícola y exportadores de bienes.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Deuda externa y préstamos internacionales</h4>



<p>Moreno indicó también que “con esos recursos nos ponemos al día con servicios de salud y compraremos insumos y medicamentos”. El país recibió préstamos de organismos internacional (FMI – Banco de Desarrollo de China) para atender la emergencia sanitaria y la reactivación económica. </p>



<p>Finalmente, el Fondo Monetario Internacional entregará USD USD 6.500 millones. Monto que se agrega a los USD USD 643 millones de mayo pasado.  El gobierno no ha informado la utilización de ese dinero.</p>
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		<title>Corte Constitucional desecha el Decreto de Moreno para el cobro anticipado de impuestos</title>
		<link>https://lacalle.media/corte-constitucional-desecha-el-decreto-de-moreno-para-el-cobro-anticipado-de-impuestos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Aug 2020 16:40:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[cobro anticipado de impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[decreto 1109]]></category>
		<category><![CDATA[decreto ejecutivo]]></category>
		<category><![CDATA[Impuesto a la renta]]></category>
		<category><![CDATA[Lenín Moreno]]></category>
		<category><![CDATA[Servicio de Rentas Internas]]></category>
		<category><![CDATA[SRI]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 11 ago (La Calle).- Con cinco votos a favor, la Corte Constitucional (CC) dictaminó la inconstitucionalidad del decreto ejecutivo 1109 que disponía el cobro anticipado de impuestos a la Renta del año 2020. Aunque el informe estuvo aprobado el pasado 10 de agosto, se dio a conocer este martes 11. La CC, en su [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 11 ago (La Calle).-</strong> Con cinco votos a favor, la Corte Constitucional (CC) dictaminó la inconstitucionalidad del <a href="https://minka.presidencia.gob.ec/portal/usuarios_externos.jsf">decreto ejecutivo</a> 1109 que disponía el cobro anticipado de impuestos a la Renta del año 2020. Aunque el informe estuvo aprobado el pasado 10 de agosto, se dio a conocer este martes 11.</p>



<p>La CC, en su documento, deja insubsistente el decreto emitido el 27 de julio pasado. «Por lo que, en caso de haber existido recaudación, los sujetos pasivos de la medida podrán solicitar la devolución del monto pagado», reza el documento.</p>



<p>Las personas que ya cumplieron con la disposición del cobro anticipado de impuestos, podrán utilizar el valor pagado como crédito tributario, de acuerdo a lo prescrito en la normativa. Pero también, pueden acreditar el valor pagado como un anticipo voluntario.</p>



<p>La nueva disposición la aprobaron los jueces Karla Andrade, Ramiro Ávila, Agustín Grijalva, Alí Lozada y Daniela Salazar.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Disposición anulada</h4>



<p><a href="https://radiolacalle.com/politica/moreno-ordena-recaudacion-anticipada-impuesto-a-la-renta">La medida que dispuso el presidente Lenín Moreno</a> afectaba a 1.188 grandes contribuyentes. Ellos registraban ventas por más de USD 18.000 millones solo en el lapso de enero y junio de 2020. Así lo comunicó el pasado 27 de julio la directora del Servicio de Rentas Internas (SRI), Marisol Andrade.</p>



<p>Según la directora, el Gobierno esperaba recaudar USD 280 millones para usarlos en programas y proyectos de las áreas sociales de salud, educación, alimentación y para sostener la dolarización.</p>
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