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	<title>Declaración archivos &#8212; La Calle</title>
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	<title>Declaración archivos &#8212; La Calle</title>
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		<title>Todo lo que necesita saber sobre el pago de la patente municipal</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Apr 2024 16:36:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Quito]]></category>
		<category><![CDATA[Social]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración]]></category>
		<category><![CDATA[Guía]]></category>
		<category><![CDATA[impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[Municipio de Quito]]></category>
		<category><![CDATA[pago]]></category>
		<category><![CDATA[patente municipal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 30 abr (La Calle).- En 2023, el Cabildo quiteño recaudó cerca de USD 54,9 millones en patentes, de los cuales USD 44,9 millones corresponden a obligaciones de ese año, y los USD 10 millones restantes, se registraron como pagos de obligaciones de años anteriores; es decir, contribuyentes que declararon&#160;tarde. Si usted es uno de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 30 abr (La Calle).- </strong>En 2023, el Cabildo quiteño recaudó cerca de USD 54,9 millones en patentes, de los cuales USD 44,9 millones corresponden a obligaciones de ese año, y los USD 10 millones restantes, se registraron como pagos de obligaciones de años anteriores; es decir, contribuyentes que declararon&nbsp;tarde. </p>



<p>Si usted es uno de los quiteños que no ha realizado su declaración y pago de patente, siga leyendo esta nota ya que le daremos una pequeña guía del cómo y quiénes deben hacer el pago anual de este impuesto municipal. </p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es la patente municipal?</strong></h3>



<p>La patente municipal es un impuesto a través del cual cada Municipio regula y controla la actividad económica existente en su respectiva jurisdicción territorial. Por otra parte, es el mecanismo del Municipio capta recursos económicos que pueden utilizarse en el mejoramiento de su infraestructura, así como el desarrollo económico y social de la localidad.&nbsp;</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Quiénes pagan la patente municipal?</strong></h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad pagarán únicamente el impuesto de patente sobre la(s) actividad(es) económica(s) que ejerzan, independientemente de que cuente o no con un local físico y deben realizar la declaración hasta el mes de mayo de cada año.</li>



<li>Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y las personas jurídicas pagarán el impuesto de patente y el impuesto de 1,5 x mil sobre los activos totales y deben realizar la declaración a partir del mes de junio de cada año.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo se paga la patente municipal?</strong></h3>



<p>1. EL usuario debe hace un Registro de Actividades Económicas Tributarias (RAET) por medio del sitio web:</p>



<p><a href="https://pam.quito.gob.ec/mdmq_declaracionPatentes/login.aspx">https://pam.quito.gob.ec/mdmq_declaracionPatentes/login.aspx</a></p>



<p>2. Ir a «registro usuario nuevo», donde se recuerda qué personas deben cumplir las obligaciones tributarias.</p>



<p>3. Al dar clic en aceptar se despliega un espacio para colocar el RUC y una prueba de caracteres. Una vez allí hay que llenar los datos requeridos y creación de una contraseña. Para tener un usuario activo se debe firmar electrónicamente el documento de Acuerdo para uso de Medios Electrónicos. Con todo aquello se puede ya ingresar al mismo enlace con el RUC y la contraseña. </p>



<p>4. Una vez dentro se debe escoger la opción Seleccionar la opción «RAET – ACTUALIZACIÓN DE DATOS», es obligatorio actualizar los datos del contribuyente.</p>



<p>5. El usuario debe seleccionar la opción «Impuesto al Juego» y contestar la pregunta de validación.</p>



<p>6. Después deberá dar clic en la opción «DECLARACIONES – NUEVA DECLARACIÓN», de allí, deberá ir a “Nueva Declaración” y ejecutar la declaración de acuerdo a lo indicado en la guía proceso de patente en línea. Debe escoger el año fiscal (o los años) a declarar, uno por uno, y colocar la actividad económica correspondiente al RUC para hacer el cálculo. </p>



<p>7. Finalmente se debe generar e imprimir la orden de pago. EL usuario puede realizar el pago de diversas maneras: </p>



<ul class="wp-block-list">
<li>En varias instituciones del sistema financiero como bancos o cooperativas con el número de RAET y la cédula de ciudadanía.</li>



<li>En línea a través del portal de servicios municipales,</li>



<li>A través de la banca virtual a la que esté afiliado el ciudadano con el número de RAET y la orden de pago. </li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Si cerré el RUC o lo tengo inactivo debo pagar patente?</strong></h3>



<p>Si por cualquier razón razón el ciudadano cerró, suspendió o dejó inactivo el RUC, sin que haya pagado la patente, deberá pagar el impuesto anual de la patente municipal al año que le corresponde el cierre y con ello dar de baja su registro (RAET) para no seguir generando obligaciones.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué pasa si no pago la patente? </strong></h3>



<p>Si usted se pasa de la fecha en la que debe pagar este impuesto, deberá pagar las multas, recargos e intereses correspondientes. Asimismo si no se registra en el RAET como usuario, deberá pagar multa.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Hay período de remisión? </strong></h3>



<p>El Municipio de Quito abrió un período de remisión hasta el 26 de julio de 2024, por lo que si usted todavía no ha creado un usuario y no ha declarado la patente desde 2018 tiene hasta esa fecha para realizarlo, evitar el pago de las multas y solo cancelar el valor original. Según la municipalidad, 414.877 ciudadanos se beneficiarán de esta herramienta.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo puedo obtener ayuda personalizada?</strong></h3>



<p>Están abiertos los canales del Municipio de Quito: contact center municipal 1800-510-510, opción 6, portal de servicios&nbsp;<a href="https://servicios.quito.gob.ec/">https://servicios.quito.gob.ec/</a>&nbsp;, redes sociales @sciudadanosuio y los Balcones de Servicio para obtener más información.</p>
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		<title>Derechos laborales y libertad empresarial</title>
		<link>https://lacalle.media/derechos-laborales-y-libertad-empresarial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Nov 2023 17:15:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[América Latina]]></category>
		<category><![CDATA[Burguesía]]></category>
		<category><![CDATA[Constitución]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos laborales]]></category>
		<category><![CDATA[lucha]]></category>
		<category><![CDATA[Soberanía]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>por Juan Paz y Miño Cepeda La “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano”, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente de Francia el 26 de agosto de 1789, fue un documento limitado a 17 artículos, cuya proclama central reconoció “los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Esos derechos son la libertad, la propiedad, [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-text-align-right">por <strong>Juan Paz y Miño Cepeda</strong></p>



<p>La “<em>Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano</em>”, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente de Francia el 26 de agosto de 1789, fue un documento limitado a 17 artículos, cuya proclama central reconoció “<em>los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Esos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión</em>”. Además, consideró: “<em>La fuente de toda soberanía reside esencialmente en la nación</em>”; “<em>La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás</em>”; “<em>La ley es expresión de la voluntad de la comunidad</em>”; “<em>Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido declarado convicto</em>”; “<em>Ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aún por sus ideas religiosas</em>”.<br><br>Fruto del racionalismo y del pensamiento ilustrado, esa Declaración significó una revolución humana en la concepción sobre los derechos individuales. En la región que hoy llamamos América Latina, la primera traducción de aquel trascendental documento la hizo el bogotano Antonio Nariño en 1793, uno de los próceres de la independencia de la actual Colombia. También la Ilustración y los Derechos del Hombre guiaron los conceptos movilizadores de los criollos independentistas hispanoamericanos, convertidos en próceres y patriotas. Pero no siempre suele distinguirse que en los procesos independentistas, América Latina forjó dos principios de magnitud humana universal: la <em>soberanía de los pueblos</em>, de una parte y, de otra, la <em>independencia</em>, que son los conceptos que fundamentaron la lucha <em>anticolonial</em> y  cuya vigencia se extiende hasta el presente.<br> <br>Paradójicamente, los derechos individuales no fueron proclamados de una vez por todas al nacer las republicas latinoamericanas. Lo impidieron la dominación oligárquica, una democracia censitaria que excluyó del poder y de la ciudadanía a la gran mayoría de la población, la conservación de la esclavitud, la hegemonía política inicial de los conservadores aliados con la Iglesia católica y la larga vigencia de las economías precapitalistas, caracterizadas por el rentismo de élites primario-exportadoras. Todo ello explica que durante el siglo XIX correspondiera al <em>liberalismo</em> y sus partidarios la tarea histórica de implantar, en forma definitiva, los derechos individuales generales y, además crearan las instituciones que los consagraron. México es el país que mejor ejemplifica ese proceso con una sucesión de leyes: Ley Juárez (1855), Ley Lerdo (1856), Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos (1859), Ley de Registro Civil y de Matrimonio Civil (1859), Ley Sobre Libertad de Cultos (1860) y, sin duda, la Constitución laica de 1857 nacida con La Reforma. En Ecuador, los derechos individuales fueron ampliamente consagrados por la Constitución de 1896 y, sobre todo en la magna Carta liberal de 1906. Gracias a la Revolución Liberal ecuatoriana (1895-1911) se consagró la educación pública laica, la separación de Estado e Iglesia, se implantó el registro civil (1900) y leyes de matrimonio civil y divorcio (1902).<br> <br>Los derechos de primera generación, nacidos de la Revolucion Francesa, reflejaron el ascenso de las <em>burguesías</em> en los países capitalistas centrales; sin embargo, inspiraron las conquistas logradas por los <em>liberales</em> en América Latina, que lucharon por décadas, contando con enorme apoyo popular. Sin embargo, la consecución de los <em>derechos laborales</em>, requirió, en cambio, de luchas permanentes de los trabajadores en la Europa del siglo XIX, así como en la América Latina del siglo XX. Esas luchas se dirigieron directamente contra las burguesías, que siempre se resistieron a su reconocimiento. Tomando en cuenta esa trayectoria, si bien se lograron algunas leyes aisladas sobre salarios o jornadas, fue la Constitución de México aprobada el 31 de enero de 1917 por el Congreso Constituyente de Querétaro y expedida por Venustiano Carranza el 5 de febrero, la que marcó el inicio del <em>derecho social</em> latinoamericano y sus principios se extendieron en la región al compás del desarrollo sindical y, además, por el influjo que adquirieron la Revolución Rusa de octubre 1917 y las ideas socialistas.<br> <br>La Constitución mexicana dedicó un amplio y detallado título a los derechos laborales, reconociendo: salario mínimo, jornadas máximas, horas extras, limitaciones al trabajo femenino y de menores, maternidad, participación en utilidades, condiciones materiales del trabajo, equipamiento, accidentes y enfermedades profesionales, higiene y salubridad, sindicalismo, huelgas, indemnizaciones e incluso cajas de seguro populares. La influencia de esa Constitución y además de la Revolución Rusa llegó tempranamente a Ecuador con la Revolución Juliana (1925-1931) y durante el gobierno de Isidro Ayora se expidió la Constitución de 1929, primera en proclamar derechos laborales, principios de reforma social, la función social de la propiedad y el reconocimiento del voto femenino. A menudo se ignora que los derechos laborales se implantaron en América Latina para favorecer y, sobre todo, proteger a seres humanos que, sin leyes laborales, estuvieron sujetos a salarios miserables y jornadas extenuantes. Además, ninguna legislación laboral ha impedido el desarrollo económico y peor aún el de las empresas. Lo que hicieron es impedir la explotación a los trabajadores y promover mejores condiciones de vida para ellos y sus familias.<br> <br>Estos procesos sociales son los que ignoran o quieren desconocer los empresarios neoliberales, los políticos, académicos o profesionales que defienden sus intereses y últimamente los libertarios/anarco-capitalistas, cuya ignorancia sobre la historia económica de América Latina resulta alarmante. Con la idea de promover la “libertad” de las empresas, del mercado y liquidar el Estado interventor, en toda la región avanzaron la <em>flexiseguridad laboral</em> y la <em>precarización</em> de las relaciones de trabajo. Pero el cuestionamiento a los derechos laborales conlleva al reconocimiento casi exclusivo de los derechos individuales de primera generación que nacieron con la Revolución Francesa. Es un retroceso histórico de siglos. Aún así, el <em>libertarianismo</em> desconoce la educación, la salud y la seguridad social públicas, que fueron conquistas liberales-radicales en varios países de América Latina.<br> <br>Los ataques a los derechos laborales se han renovado con el argumento de su inevitable “modernización” ante el avance de nuevas relaciones con la robotización, la electrónica, el trabajo autónomo, la “uberización” o la migración permanente. Es un planteamiento que falsea las realidades, porque esos procesos son desafíos para avanzar en nuevos derechos laborales, sin necesidad de afectar los derechos históricos ya conseguidos. Y corresponde, ante todo, a las organizaciones de trabajadores la urgencia de modernizar su visión sobre el mundo laboral en América Latina, que exige no solo contemplar a los sectores vinculados al sindicalismo tradicional, sino lograr incorporar a la tan variada gama de trabajadores de clases medias y populares, que forman parte de los trabajadores asalariados tanto del sector privado como del público.</p>
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		<title>Primer paquetazo de 2022 ya se siente en la deducción de gastos personales</title>
		<link>https://lacalle.media/primer-paquetazo-de-2022-ya-se-siente-en-la-deduccion-de-gastos-personales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Jan 2022 17:04:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración]]></category>
		<category><![CDATA[deducción]]></category>
		<category><![CDATA[gastos personales]]></category>
		<category><![CDATA[Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[SRI]]></category>
		<category><![CDATA[tributos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 14 ene (La Calle). – El primer paquetazo del gobierno no esperó siquiera a que llegue fin de mes. Antes de que termine el 31 de enero, los ecuatorianos verán cómo sus ingresos se reducen notoriamente ante la aplicación de la Reforma Tributaria, imaginada y expedida por el propio Guillermo Lasso. El analista político, [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 14 ene (La Calle). –</strong> El primer paquetazo del gobierno no esperó siquiera a que llegue fin de mes. Antes de que termine el 31 de enero, los ecuatorianos verán cómo sus ingresos se reducen notoriamente ante la aplicación de la Reforma Tributaria, imaginada y expedida por el propio Guillermo Lasso. </p>



<p>El analista político, Andrés Campaña indicó que, gracias a la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia Covid-19, la deducción en la declaración de gastos personales bajará del 57% al 20%. El experto lo ilustró con un ejemplo.</p>



<p>“Ya toca llenar la declaración de gastos personales del SRI. El año pasado, Juan Piguave que ganaba USD 25000 podía deducir USD 14000 y pagaba USD 0 de impuesto. Este año, gracias a Guillermo Lasso, Juan puede deducir solo USD 5000 y pagará USD 754 de impuestos”, escribió en un tuit.</p>



<p>De manera que los contribuyentes deberán pagar impuestos sobre las declaraciones de gastos personales que realicen.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué dijo el SRI?</strong></h3>



<p>El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó en su web un formulario único para la proyección de gastos personales, aplicable para el año 2022, y que incluye las rebajas del impuesto a la renta causado por gastos personales sustentados en comprobantes de venta, del 10 % y el 20 % de dichos gastos.</p>



<p>La entidad informó que estas reformas fueron creadas a través de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, tras la pandemia COVID-19 y que para personas naturales es aplicable antes de imputar créditos tributarios a los que haya lugar de conformidad con la Ley.</p>



<p>Para acceder al formulario, los contribuyentes deben ingresar a www.sri.gob.ec, e ir a la sección Información sobre impuestos, después a ¿Cómo declaro mis impuestos?, después a Formulario y guías donde debe buscar e ingresar a Gastos Personales.</p>



<p>Puede descargarlo aquí:</p>



<p><a href="https://www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos">https://www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos</a></p>
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