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	<title>Elueterio Aguilar archivos &#8212; La Calle</title>
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	<title>Elueterio Aguilar archivos &#8212; La Calle</title>
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		<title>Ministerio de Finanzas pagará pensiones vitalicias pendientes de Jorge Glas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Apr 2023 02:09:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
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<p><strong>Quito, 13 Abr (La Calle).- </strong>Jorge Glas volverá a recibir <strong>su pensión vitalicia (USD 4.507) como ex vicepresidente del Ecuador</strong>. Así lo dictaminó el juez Elueterio Aguilar este miércoles.</p>



<p>Debido a ello, el Ministerio de Finanzas deberá cancelar todas las pensiones vitalicias que el ex funcionario <strong>dejó de percibir desde septiembre de 2020</strong>. Acción que deberá llevar a cabo <strong>en un plazo de diez días</strong>.</p>



<p>En ese entonces, dicha cartera del Estado suprimió el pago debido a las efectuadas reformas a la <strong>Ley de Servicio Público</strong> (que exceptúan dicho beneficio a funcionarios con sentencias de peculado, cohecho y concusión).</p>



<p>Desde entonces han transcurrido <strong>dos años y seis meses</strong>. Con base a la cifra mensual de la citada pensión, <strong>el valor anual de la misma asciende a USD 48.686</strong>. El ex vicepresidente Glas solicitó que esos montos <strong>sean entregados a su madre</strong>.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Sobre la decisión del juez</strong></h3>



<p>El juez Aguilar aceptó una acción de protección presentada el 8 de marzo de 2023, en Balsas (provincia de El Oro). Los registros indican que el demandante fue Juan Antonio Romero. Pero, <strong>el beneficiario era Gla</strong>s.</p>



<p>Según el dictamen, se vulneraron los derechos constitucionales de Jorge Glas. Posteriormente, se definieron algunas medidas de reparación a favor del ex funcionario:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Dejar sin efecto la disposición</strong> de excluir a Glas del pago de pensiones vitalicias mensuales.</li>



<li>El Ministerio de Finanzas <strong>deberá restituir el pago de la pensión</strong>, en un plazo de 10 días.</li>



<li>La Cartera de Estado también <strong>deberá pagar las pensiones que se suspendieron</strong> entre 2020 y 2023.</li>



<li>Queda prohibido para el Ministerio de Finanzas o cualquier otra institución del Estado <strong>excluir del pago de la pensión vitalicia al exvicepresidente</strong>.</li>



<li>El Ministerio de Finanzas tiene que entregar una <strong>compensación económica a favor del exvicepresidente</strong> «por la pérdida de sus ingresos al haber sido excluido del pago de la pensión vitalicia sin sustento constitucional».</li>



<li>En un plazo de 15 días, el Ministerio de Finanzas debe notificar al juez Aguilar <strong>sobre el cumplimiento de las medidas de reparación</strong>.</li>



<li>La sentencia <strong>debe ser notificada al presidente Guillermo Lass</strong>o y al Banco Central, para que faciliten la ejecución de lo dispuesto.</li>
</ol>



<p>La audiencia de la acción de protección se ejecutó el pasado 30 de marzo. Los demandantes argumentaron que Glas fue objeto de una violación a sus derechos constitucionales. <strong>Esto se plateó frente a la contraparte</strong> integrada por representantes del Ministerio de Finanzas y de la Procuraduría.</p>



<p>Esa audiencia se reinstaló el 6 de abril de 2023, cuando el juez Aguilar expuso su fallo oral.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Los antecedentes del suceso</strong></h3>



<p>Tanto Jorge Glas (ex vicepresidente) y Rafael Correa (ex presidente) dejaron de recibir sus pensiones desde septiembre de 2020. <strong>Esto, luego de que ambos fueran sentenciados </strong>a ocho años de prisión por el delito de cohecho en el caso &#8216;Sobornos&#8217;.</p>



<p>La parte demandante indicó la mencionada reforma a la Ley de Servicio Público no sería aplicable para Glas, pues la Asamblea la aprobó en junio de 2020. Pero la sentencia por el caso &#8216;Sobornos&#8217; <strong>se generó en abril de ese año</strong>. Por lo tanto, al ser anterior al cambio legal, dicha ley no podría aplicarse con retroactividad.</p>



<p>No obstante, la sentencia a la que se refiere la demanda fue la de primera instancia. Pues el fallo del caso &#8216;Sobornos&#8217; <strong>se ejecutó en septiembre de 2020</strong>, al emitirse la sentencia de casación, última instancia del proceso. Luego de eso fue que se anunció el retiro de ambas pensiones.</p>



<p>JR</p>
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