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	<title>Inconstitucional archivos &#8212; La Calle</title>
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	<title>Inconstitucional archivos &#8212; La Calle</title>
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		<title>Virginia Gómez: “Los requisitos que establece la Ley de aborto por violación son obstaculizadores”</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Aug 2022 20:30:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Social]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos de las mujeres]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de aborto]]></category>
		<category><![CDATA[Veto Presidencial]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 05 ago (La Calle). – Virginia Gómez, directora de la Fundación Desafío, manifestó que la Coalición Nacional de Mujeres presentó una demanda de inconstitucionalidad sobre la Ley de aborto en casos de violación. “Queremos que la ley que está vigente y que permite a las mujeres abortar en casos de violación sea una mejor [&#8230;]</p>
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<p><strong>Quito, 05 ago (La Calle). </strong>– Virginia Gómez, directora de la Fundación Desafío, manifestó que la Coalición Nacional de Mujeres presentó una demanda de inconstitucionalidad sobre la Ley de aborto en casos de violación.</p>



<p>“Queremos que la ley que está vigente y que permite a las mujeres abortar en casos de violación sea una mejor ley, estamos tratando de mejorarla”, expresó durante una entrevista con Radio La Calle.</p>



<p>Gómez recalcó que los requisitos que establece la Ley de aborto por violación son obstaculizadores y no están en consonancia con la sentencia que elaboró la Corte Constitucional.</p>



<p>“Los estándares internacionales tienen que ver con la obligación fundamental de que una ley como esta no discrimine, que no revictimice, que cumpla con regulaciones como el tema de objeción de conciencia”, afirmó la directora.</p>



<p>Además, reiteró que el Estado ecuatoriano tiene que aportar y apoyar para que los profesionales de la salud tengan la posibilidad de sensibilizarse y capacitarse sobre la implementación de la Ley de aborto.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>



<p>«La Ley que está vigente, que pasó por el Ministerio de la Ley, permite la objeción de conciencia institucional, sobre todo en el sector privado&#8230; Hay omisiones que vulneran los derechos de las mujeres», aseveró Gómez.</p>



<p>La directora también comentó que las consecuencias a nivel operativo, por ejemplo, es que haya ambigüedad en la Ley y que, en el sistema de salud, los y las profesionales interpreten la Ley a su gusto.</p>
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		<title>La Corte Constitucional rechaza la objeción presidencial a la LOEI</title>
		<link>https://lacalle.media/la-corte-constitucional-rechaza-la-objecion-presidencial-a-la-loei/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 21 May 2022 22:25:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Social]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
		<category><![CDATA[LOEI]]></category>
		<category><![CDATA[reformas]]></category>
		<category><![CDATA[UNE]]></category>
		<category><![CDATA[Veto Presidencial]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 21 may (La Calle). – &#160;La Corte Constitucional rechazó este vienes 20 de mayo el veto total del presidente, Guillermo Lasso, a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) que contempla el alza salarial para maestros. Con ocho de nueve votos a favor la Corte rechazó la objeción de inconstitucionalidad que hizo Lasso a [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 21 may (La Calle).</strong> – &nbsp;La Corte Constitucional rechazó este vienes 20 de mayo el veto total del presidente, Guillermo Lasso, a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) que contempla el alza salarial para maestros.</p>



<p>Con ocho de nueve votos a favor la Corte rechazó la objeción de inconstitucionalidad que hizo Lasso a la reforma de la LOEI aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 13 de marzo del 2022.</p>



<p>El organismo señaló que, el presidente Lasso no aportó las razones y argumentos necesarios para declarar la inconstitucionalidad de las reformas.</p>



<p>El mandatario centró su argumentación en que el Ministerio de Finanzas emitió un informe desfavorable que trasgrede la armonía entre la sostenibilidad fiscal y la progresividad del derecho a la educación.</p>



<p>La Corte dalló que, los textos objetados en el veto presidencial eliminaban las disposiciones que otorgaban beneficios de jubilación a los maestros y modificaban las disposiciones sobre mejoras salariales a los maestros, reduciéndolas aproximadamente en un 75 %.</p>



<p>Con el dictamen de la Corte, la LOEI vuelve a la Asamblea Nacional para que continúe con el trámite correspondiente”, señaló la institución en un comunicado.</p>
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		<title>Corte Constitucional admitió tramite de inconstitucionalidad de 19 amnistías</title>
		<link>https://lacalle.media/corte-constitucional-admitio-tramite-de-inconstitucionalidad-de-19-amnistias/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 May 2022 20:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[amnistías]]></category>
		<category><![CDATA[Asamblea Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 12 may (La Calle). –  La Corte Constitucional dio paso al trámite de acción de inconstitucionalidad presentada por un colectivo quiteño, en contra de 19 amnistías otorgadas por la Asamblea del Ecuador. Los 19 ciudadanos que se beneficiaron de las amnistías habrían sido juzgados por delitos de terrorismo y secuestro, durante las jornadas de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 12 may (La Calle).</strong> –  La Corte Constitucional dio paso al trámite de acción de inconstitucionalidad presentada por un colectivo quiteño, en contra de 19 amnistías otorgadas por la Asamblea del Ecuador.</p>



<p>Los 19 ciudadanos que se beneficiaron de las amnistías habrían sido juzgados por delitos de terrorismo y secuestro, durante las jornadas de octubre del 2019.</p>



<p>El colectivo apela a que, según el artículo 120 de la Constitución, aquellos delitos no cabrían dentro de las amnistías, por tanto, se estaría violando la ley.</p>



<p>El expresidente de la Cámara de Comercio de Quito y líder del colectivo quiteño, Patricio Alarcón, aseguró que la demanda es una acción para defender los intereses de Quito.</p>



<p>La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el pasado 10 de marzo la amnistía para 268 líderes ambientales, sociales, indígenas judicializados por el paro de octubre de 2019. Esta decisión generó diversas reacciones a favor y en contra de las amnistías.</p>
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		<item>
		<title>Gobierno solicita la inconstitucionalidad de las amnistías</title>
		<link>https://lacalle.media/gobierno-solicita-la-inconstitucionalidad-de-las-amnistias/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 29 Mar 2022 22:16:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Alexandra Vela]]></category>
		<category><![CDATA[amnistías]]></category>
		<category><![CDATA[Asamblea Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 29 mar (La Calle).- La ministra del Gobierno, Alexandra Vela, entregó en la Corte Constitucional (CC) una acción de inconstitucionalidad frente a la resolución de amnistías para 268 personas que otorgó la Asamblea Nacional. “Hago la entrega formal a la Corte Constitucional de la acción de inconstitucionalidad en contra de la resolución de amnistía [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 29 mar (La Calle).- </strong>La ministra del Gobierno, Alexandra Vela, entregó en la Corte Constitucional (CC) una acción de <a href="https://twitter.com/AlexandraVelaP/status/1508863657958154257?s=20&amp;t=UqwBtTJqYInG2XkGWspqyA">inconstitucionalidad </a>frente a la resolución de amnistías para 268 personas que otorgó la <a href="https://radiolacalle.com/pleno-de-la-asamblea-aprueba-el-informe-de-amnistia-por-unanimidad/">Asamblea </a>Nacional.</p>



<p>“Hago la entrega formal a la Corte Constitucional de la acción de inconstitucionalidad en contra de la resolución de amnistía de la Asamblea Nacional. En un Estado de derecho NO puede existir impunidad. Esta amnistía deja intactos los delitos cometidos en contra de Quito y el país en 2019”, expresó la ministra.</p>



<p>En una entrevista, Vela ya anticipó que el Ministerio de Gobierno preparaba esta acción para la CC. “El Gobierno considera que esas amnistías han sido adoptadas de manera inconstitucional. Y el Ministerio prepara una demanda de inconstitucionalidad que será presentada para que sea analizada, en la Corte Constitucional, la forma en la que esta amnistía fue otorgada”, dijo en esa ocasión.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Amnistías</strong></h3>



<p>El 10 de marzo con 99 votos, el Pleno de la Asamblea Nacional entregó 268 amnistías a ciudadanos con procesos judiciales por ejercer el derecho a la protesta, reconocido en la Constitución. Del total de ciudadanos, 60 pertenecen al caso octubre del 2019; 154 son defensores de los territorios comunitarios; 12 por la administración de Justicia indígena y 42 por defender la naturaleza.</p>



<p>Entre los nombres de los amnistiados figuran: Paola Pabón, prefecta de Pichincha, Virgilio Hernández, parlamentario andino. También el activista político Cristian González y el presidente de la CONAIE, Leonidas Iza.</p>



<p>El presidente Guillermo Lasso ya se había pronunciado en contra de este recurso otorgado por el Legislativo. “El legítimo derecho a la protesta no puede afectar a otros. La Asamblea cometió un acto de injusticia. Olvidaron Quito en llamas, familias que perdieron negocios, periodistas agredidos, personas violentadas. Respaldo a los quiteños y a la fuerza pública ante la decisión”. <strong>MIB</strong></p>
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		<item>
		<title>Patricia Sánchez dice que el proyecto de Ley de Inversiones es inconstitucional</title>
		<link>https://lacalle.media/patricia-sanchez-dice-que-el-proyecto-de-ley-de-inversiones-es-inconstitucional/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 22 Mar 2022 18:37:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Inversiones]]></category>
		<category><![CDATA[Pachakutik]]></category>
		<category><![CDATA[Patricia Sánchez]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 22 mar (La Calle).- La asambleísta Patricia Sánchez, de Pachakutik , dice que el proyecto de Ley de Inversiones es inconstitucional, pues prevé la reforma de dieciocho cuerpos legales en materia de inversiones, mercado de valores, comercio electrónico y beneficios tributarios, cuando este debería abordar una sola materia. Además, la legisladora señaló que la [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 22 mar (La Calle).- </strong>La asambleísta Patricia Sánchez, de <a href="https://radiolacalle.com/pachakutik-ira-por-el-archivo-del-proyecto-de-ley-de-inversiones/">Pachakutik </a>, dice que el proyecto de Ley de Inversiones es inconstitucional, pues prevé la reforma de dieciocho cuerpos legales en materia de inversiones, mercado de valores, comercio electrónico y beneficios tributarios, cuando este debería abordar una sola materia.</p>



<p>Además, la legisladora señaló que la normativa impulsa el proceso de privatización, bajo la figura central de la ley, que es la delegación. </p>



<p>Sánchez explica que «delegar» implica entregar al privado todo el patrimonio público y los servicios del Estado, sin que el Estado reciba nada a cambio. Así como que el Presupuesto General del Estado, sirva para financiar a los prestadores de servicios privados.</p>



<p>«Delegación no implica inversión. El proyecto de Ley establece que es el mismo Estado, a través de la banca pública, quien financiará los proyectos de inversión, incluso con créditos provenientes de deuda externa (Art. 31)», señala en su cuenta de Twitter.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-rich is-provider-twitter wp-block-embed-twitter"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<blockquote class="twitter-tweet" data-width="550" data-dnt="true"><p lang="es" dir="ltr">Hoy en el pleno de la <a href="https://twitter.com/AsambleaEcuador?ref_src=twsrc%5Etfw">@AsambleaEcuador</a> se trata:<br>Informe para Segundo Debate del Proyecto de Ley Orgánica para Atracción de Inversiones, Fortalecimiento del Mercado de Valores y Transformación Digital, con calificación de urgente en materia económica.<br><br>Abro hilo ???? <a href="https://t.co/OH1F89cXKI">pic.twitter.com/OH1F89cXKI</a></p>&mdash; Patricia Sánchez ???????? (@PatySanchezPK) <a href="https://twitter.com/PatySanchezPK/status/1506294305874452484?ref_src=twsrc%5Etfw">March 22, 2022</a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script>
</div></figure>



<p>Dice que bajo la premisa de atraer USD 30 millones en inversiones en un plazo de cinco años, para la supuesta creación de dos millones de empleos, se pretende privatizar los sectores de estratégicos públicos, como telecomunicaciones; infraestructura terrestre, náutica y aeronáutica (puertos, aeropuertos, autopistas y ciclovías); salud, como la red de hospitales, servicios de salud y personal médico; y educación, como los colegios, escuelas; y también recursos naturales</p>



<p>Sánchez insiste en que el Ejecutivo pretende, con el proyecto de ley, convertir al país en un paraíso fiscal para la inversión externa e mpulsar un proceso de privatización, a costo cero, dado que la Ley no garantiza ninguna inversión.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Jarrín: Hay grabaciones que evidencian la presión del Ejecutivo por controlar el CPCCS</title>
		<link>https://lacalle.media/jarrin-hay-grabaciones-que-evidencian-la-presion-del-ejecutivo-por-controlar-el-cpccs/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 18 Feb 2022 19:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[CPCCS]]></category>
		<category><![CDATA[Destitución]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Sofía Almeida]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 18 de feb (La Calle). – Edwin Jarrín, exconsejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), manifestó que la destitución de Sofía Almeida parte de un acto ilegal, inconstitucional y nulo. Expresó que a partir de la Consulta popular del 2018, en el Consejo de Participación se evidenció un proceso de desinstitucionalización completo. [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 18 de feb (La Calle).</strong> – Edwin Jarrín, exconsejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), manifestó que la destitución de Sofía Almeida parte de un acto ilegal, inconstitucional y nulo.</p>



<p>Expresó que a partir de la Consulta popular del 2018, en el Consejo de Participación se evidenció un proceso de desinstitucionalización completo. “Las competencias del Consejo nunca les interesó a ninguno de los miembros de la clase política, lo que les interesaba es el reparto de las funciones del Estado”, afirmó durante una entrevista con <em>Radio La Calle</em>.</p>



<p>Jarrín comentó que existen grabaciones, circulando redes sociales, en las que se evidencia la presión por parte del Ejecutivo para cambiar el reglamento y la presión que existe para que el Gobierno tenga el control de la Comisión Ciudadana.</p>



<p>Además, sostuvo que circula otro audio donde una de las consejeras chantajea a una autoridad designada, pidiéndole cargos para repartirse entre los consejeros que han hecho mayoría en el CPCCS.</p>



<p>“El fondo de toda esta disputa es por la designación de autoridades. Lastimosamente han dejado de lado una construcción verdadera del poder popular y el empoderamiento de la ciudadanía”, expresó.</p>



<p>Jarrín expuso que varios actores políticos han planteado desaparecer el Consejo de Participación, con el argumento de su nulo funcionamiento. “Si esa es la causa de querer desparecerlo, entonces también debería desaparecer la presidencia de la Republica que desde hace 5 años no funciona para nada”, planteó.</p>



<p>El exconsejero recalcó que el pleno del CPCCS no puede remover a la presidenta o al vicepresidente del Consejo porque no está en ninguna de sus competencias.</p>



<p>Por último, comentó que Sofía Almeida podría apelar en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y solicitar medidas provisionales respecto a su destitución en el Consejo.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<div class="youtube-embed" data-video_id="REK44uc2Gzw"><iframe title="Edwin Jarrín | &quot;La desinstitucionalización del CPCCS se generó en el 2018 con Lenín Moreno&quot;" width="696" height="392" src="https://www.youtube.com/embed/REK44uc2Gzw?feature=oembed&#038;enablejsapi=1" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture" allowfullscreen></iframe></div>
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		<item>
		<title>Reforma al Código de la Niñez, el “talón de Aquiles” de la tenencia de los hijos</title>
		<link>https://lacalle.media/reforma-al-codigo-de-la-ninez-el-talon-de-aquiles-de-la-tenencia-de-los-hijos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Jan 2022 11:37:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Social]]></category>
		<category><![CDATA[Código de la Niñez]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
		<category><![CDATA[niños y niñas]]></category>
		<category><![CDATA[tenencia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 08 de ene (La Calle).- El 10 de diciembre de 2021, la Corte Constitucional (CC) declaró la inconstitucionalidad de los numerales 2 y 4 del artículo 106 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (Copinna), que establecen la preferencia materna para la tenencia de niñas, niños y adolescentes en el Ecuador. La CC [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 08 de ene (La Calle).-</strong> El 10 de diciembre de 2021, la Corte Constitucional (CC) <a href="https://www.corteconstitucional.gob.ec/index.php/boletines-de-prensa/item/1277-caso-nro-28-15-in.html">declaró la inconstitucionalidad</a> de los numerales 2 y 4 del artículo 106 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (Copinna), que establecen la preferencia materna para la tenencia de niñas, niños y adolescentes en el Ecuador.</p>



<p>La CC concluyó que estas disposiciones en el articulado “eran discriminatorias, por lo que las expulsó del ordenamiento jurídico”. La Corte aseguró, además, que la sentencia “apuesta a la necesidad de combatir estereotipos de género y la desigualdad en el ambiente doméstico, buscando el cumplimiento de la corresponsabilidad parental”.</p>



<p>La sentencia de la Corte será recogida por la Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes (Ceppinna) de la Asamblea Nacional, que discute el informe para segundo debate del proyecto del Copinna.</p>



<p>Sin embargo, la Reforma al Código Orgánico de la Niñez es el “Talón de Aquiles” de la sentencia de la Corte, según explicó a Radio La Calle Sybel Martínez, abogada y activista feminista. &nbsp;</p>



<p>“Es una reforma regresiva de derechos, minorista, no mejorará simplemente con incluir uno que otro artículo. La reforma debe tener una mirada sistémica, holística e integral”, argumenta la experta.</p>



<p>La sentencia de la CC autoriza 90 días a la Defensoría del Pueblo para que elabore un informe en conjunto con la colaboración de organizaciones sociales. El documento debe considerar los parámetros para otorgar la tenencia de niños, niñas y adolescentes, con base en ello, la Asamblea tendría un año para continuar con el debate del Copinna.</p>



<p>Con base en lo que plantea Martínez, el problema es la Reforma en sí. “Nosotros estamos pidiendo que se archive&nbsp;porque es muy mala. Quizás, el informe que entregue la Defensoría sea muy bueno, pero llega a mal cauce”, señaló.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>La Reforma al Código de la Niñez</strong></h4>



<p>A mediados de julio del 2021 estaba previsto que en la sesión 697 del Pleno se llevara a cabo el segundo debate del Copinna, que se trabajó desde el período legislativo 2017-2021. Las posiciones sobre la Reforma discreparon en el primer debate. La comisión, que en ese tiempo era ocasional, defendió que se apruebe, mientras que otras organizaciones, como Unicef, solicitaron su archivo, debido a que no garantiza los derechos de los niños, niñas y adolescentes, según explicaron.</p>



<p>Uno de los temores de quienes piden el archivo de la Reforma, por ejemplo, es que el documento podría establecer que la violencia intrafamiliar no es una forma de violencia en contra de los niños. El Copina trata a los menores como víctimas indirectas y no directas de violencia intrafamiliar.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>La Sentencia de la Corte, ¿favorable para padre y madre o para los hijos?</strong></h4>



<p>Martínez señala que es importante analizar el contexto en quelos niños, niñas y adolescentes se desenvuelven en el país. En este sentido, el fallo de la CC acepta que hay violencia vicaria y que uno de los parámetros es analizar esos posibles casos.</p>



<p>“El contexto en Ecuador nos deja ver cómo muchas veces la violencia impide a las mujeres tomar la decisión de separarse de los esposos”, a juicio de Martínez</p>



<p>Cuando se instala la violencia, según sostiene la activista, hay problemas por repartición de bienes, el pago de alimentos, cuando hay un deseo de disminución de ese alimento o cuando se pide aumento por parte de las mujeres.</p>



<p>En la medida en que además la violencia intrafamiliar no sea vista como una forma de violencia en contra de los niños, no podremos avanzar desde una mirada de protección integral.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>El fallo de la Corte</strong></h4>



<p>La sentencia de inconstitucionalidad fue aprobada con seis votos a favor de los jueces: Karla Andrade Quevedo, Ramiro Avila Santamaría, Agustín Grijalva Jiménez, Enrique Herrería Bonnet, Alí Lozada Prado y Hernán Salgado Pesantes.</p>



<p>Existieron, además. dos votos salvados de las juezas Carmen Corral Ponce y Teresa Nuques Martínez. Es decir que estuvieron en contra y argumentaron sus motivos.</p>



<p>El numeral 2 del Artículo 106 determina: “a falta de acuerdo de los progenitores o si lo acordado por ellos es inconveniente para el interés superior del hijo o hija de familia, la patria potestad de los que no han cumplido doce años se confiará a la madre, salvo que se pruebe que con ello se perjudica los derechos del hijo o la hija.</p>



<p>Mientras tanto, el numeral 4: “si ambos progenitores demuestran iguales condiciones, se preferirá a la madre, siempre que no afecte el interés superior del hijo o la hija”.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>Diferencia entre la Patria Potestad y la tenencia</strong></h4>



<p>En el voto salvado de las juezas Carmen Corral Ponce y Teresa Nuques Martínez, consta que se debe considerar el contexto de violencia que viven las mujeres en Ecuador.</p>



<p>Las magistradas puntualizaron, en su voto salvado, que hay falta de argumentación de conexidad. Es decir, la demanda fue presentada sobre la patria potestad pero la sentencia es sobre la tenencia.</p>



<p>De acuerdo con Martínez, la patria potestad establece que padre o madre tienen la obligación de criar a los hijos, “eso en ningún momento estuvo en duda”. Patria potestad no es tenencia.</p>



<p>La tenencia es cuando un juez decide otorgar el cuidado específico a unos de los padres. La patria potestad es un conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres para con sus hijos en su cuidado diario, indicó.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>Informe de la Defensoría</strong></h4>



<p>Martínez recomienda que en la elaboración del informe se debería tomar en cuenta el criterio de defensores de derechos de niñez y adolescencia, así como defensoras de los derechos de las mujeres.</p>
<p>La entrada <a href="https://lacalle.media/reforma-al-codigo-de-la-ninez-el-talon-de-aquiles-de-la-tenencia-de-los-hijos/">Reforma al Código de la Niñez, el “talón de Aquiles” de la tenencia de los hijos</a> se publicó primero en <a href="https://lacalle.media">La Calle</a>.</p>
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		<title>Diego Borja: «la Ley de Oportunidades beneficia a menos del 1% de la población»</title>
		<link>https://lacalle.media/diego-borja-la-ley-de-oportunidades-beneficia-a-menos-del-1-de-la-poblacion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Sep 2021 18:14:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[CAL]]></category>
		<category><![CDATA[Diego Borja]]></category>
		<category><![CDATA[economista]]></category>
		<category><![CDATA[ilegal]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Oportunidades]]></category>
		<category><![CDATA[minoría]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 28 de sept. (La Calle). El economista Diego Borja compartió en el Noticiero La Ventana un análisis sobre la ley “Creando Oportunidades”. En primera instancia, el Proyecto de ley no cumple con la legalidad y constitucionalidad, por lo tanto, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) debería devolver al ejecutivo, viola el art. 136 de [&#8230;]</p>
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<p><strong>Quito, 28 de sept. (La Calle).</strong> El economista <a href="https://radiolacalle.com/ecuador-insiste-en-su-relacion-toxica-con-el-ciadi-entrevista-con-diego-borja/">Diego Borja</a> compartió en el Noticiero La Ventana un análisis sobre la ley “<a href="https://radiolacalle.com/la-ley-de-oportunidades-termina-con-los-procesos-de-inspeccion-laboral/">Creando Oportunidades</a>”. </p>



<p>En primera instancia, el Proyecto de ley no cumple con la legalidad y constitucionalidad, por lo tanto, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) debería devolver al ejecutivo, viola el art. 136 de la constitución, el 56 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y varios fallos de la corte constitucional.</p>



<p>Borja menciona que hay inconsistencias entre los objetivos a alcanzar y los instrumentos. Son normas que benefician a una minoría del menos del 1 % de los <a href="https://radiolacalle.com/julian-alaphilippe-nuevamente-campeon-mundial-ecuatorianos-abandonaron/">ecuatorianos</a>, implica regresar a momentos inéditos de la historia, por ejemplo, con el art. 70 se altera el esquema laboral empleado y empleador.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Decisiones para los privilegiados</strong></h3>



<p>El gobierno está apurado en aumentar los beneficios para un sector minúsculo, porque se le puede acabar capital político.&nbsp; Este proyecto es incendiario, las modificaciones tributarias en contra de los trabajadores son graves. Una persona que gana USD. 2000, con el actual esquema no paga impuestos, pasaría a pagar USD. 800 de impuestos anuales. Es un golpe a la base social del propio gobierno.</p>



<p>En cuanto al impuesto a la renta lo que se hace es disminuir la posibilidad de deducción de gastos, para Borja es absurdo desde el concepto, la renta es la diferencia entre el ingreso y los gastos, si usted tiene USD. 1000 de ingresos y USD. 800 de gastos la renta es de USD. 200, y sobre esto se debería tributar, pero, ahora se tributa sobre el ingreso (USD. 1000) y le dan créditos tributarios, que es sobre el 10 o 20% de su gasto total, colocando un tope al gasto, un aproximado de 7 canastas básicas, en números redondos USD.&nbsp; 5000 al año, el 10% es USD. 500. Baja de USD. 14500 de gastos que se podía deducir en el anterior esquema a USD. 500 máximo que se deducen en el actual esquema.</p>



<p>Con este dinero el gobierno quiere cubrir pagos de laudos arbitrales y deudas externas. El beneficiado no es el pueblo.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Soluciones factibles</strong></h3>



<p>Los grandes beneficiarios son los ultras ricos, en la tabla tributaria no se topan las grandes fortunas. Si se gravará a empresas que evaden los impuestos o que llevan capital a paraísos fiscales, se obtendría un incrementó para el fisco, y ahí sí estaríamos hablando de solidaridad, el que más tiene más paga, esa minoría está intocada, indicó Borja.</p>



<p>El art.70 y el 75 pueden ser el foco, pero dejamos de lado otros artículos. El decreto 95, habla de modificar el esquema de contratación, cambiar a contratos de participación de los servicios que hay ahora, <a href="https://radiolacalle.com/exaliados-de-creo-reconocen-que-lasso-es-moreno-la-proforma-cuatrianual-seria-un-plagio-del-anterior-gobierno/">CREO</a> apoyó la ley mal llamada de Fomento Productivo donde las trasnacionales se quedan con el 87,5% y apenas el 12,5% va al estado. El esquema “productivo” de Lasso, de 500 mil barriles diarios a un millón diarios, no le beneficia en nada al estado, pues las trasnacionales se quedan con casi el 88%.</p>



<p>Borja finalmente hace un llamado a los bloques de <a href="https://radiolacalle.com/pachakutik-responde-a-villavicencio-no-debe-ser-malagradecido/">Pachakutik</a>, <a href="https://radiolacalle.com/unes-quiere-oficializar-el-dolar-como-moneda-en-ecuador/">UNES</a>, <a href="https://radiolacalle.com/izquierda-democratica-solicita-que-bella-jimenez-se-defienda-sin-fuero-de-asambleista/">Izquierda Democrática</a> para evitar que la ley pase como un “trole”. Los beneficios son minúsculos con respecto a los perjuicios. Hay que tratar cada tema, enviar leyes urgentes sobre temas laborales y si no se aprueba, vamos a la consulta popular para ver si los ecuatorianos quieren regresar a la esclavitud.</p>
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		<title>México declara inconstitucional la penalización del aborto</title>
		<link>https://lacalle.media/mexico-declara-inconstitucional-la-penalizacion-del-aborto/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Sep 2021 12:58:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[despenalización del aborto]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Jueces]]></category>
		<category><![CDATA[México]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 8 sept (La Calle).- Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la penalización del aborto en México, por lo que el criterio es ahora obligatorio para todos los jueces del país, informó el diario mexicano El Universal. Con 10 votos a favor, el Pleno de la Suprema Corte de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 8 sept (La Calle).-</strong> Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la penalización del aborto en México, por lo que el criterio es ahora obligatorio para todos los jueces del país, informó el diario mexicano<em> El Universal</em>.</p>



<p>Con 10 votos a favor, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto. Ahora ese criterio es obligatorio para todos los jueces del país.</p>



<p>El Pleno de la SCJN reinició este martes la discusión sobre la penalización del aborto en Coahuila en la que ya ocho ministros pronunciaron por declarar inconstitucionales este tipo de medidas.</p>



<p>Este martes tocaba el turno de tres de los 11 ministros para emitir sus pronunciamientos sobre la propuesta de Luis María Aguilar Morales de declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establece hasta tres años de cárcel a quienes abortan de manera voluntaria.</p>



<p>La jueza Ana Margarita Ríos Farjat destacó en su intervención que la Constitución federal no prohíbe el aborto y que su castigo se traduce en una sanción al ejercicio de varios derechos humanos.</p>



<p>“A la luz de la Constitución, que no prohíbe el aborto, ¿puede el Estado castigarlo? Al castigarlo sanciona una conducta enraizada en una serie de derechos que posee la mujer y las personas con capacidad de gestar, y que participan de la decisión de abortar, como el derecho a la dignidad humana, a la autonomía, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad jurídica, a la salud y a la libertad reproductiva. Es decir, sancionar la interrupción voluntaria del embarazo implica un límite a todos estos derechos humanos”, señaló.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Razones</strong></h3>



<p>El juez Luis María Aguilar Morales, quien propuso el proyecto, destacó la voluntad y disposición de sus compañeros de la Corte por construir la propuesta, “con un discurso de derechos humanos y por encima de la diferencia de opiniones y criterios”.</p>



<p>«Hoy se destierra la amenaza de prisión que pesaba sobre las personas que deciden interrumpir voluntariamente su embarazo», enfatizó.</p>



<p>“Todos estamos a favor de la vida, lo único que sucede es que unos estamos a favor de que la vida para las mujeres sea una en la que se respete su dignidad, que puedan ejercer con plenitud sus derechos”, expresó el juez Arturo Zaldívar. </p>
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		<title>«El reingreso de Ecuador a los arbitrajes internacionales es inconstitucional, explica experto</title>
		<link>https://lacalle.media/el-reingreso-de-ecuador-a-los-arbitrajes-internacionales-es-inconstitucional-explica-experto/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 23 Jun 2021 11:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Arbitrajes]]></category>
		<category><![CDATA[CIADI]]></category>
		<category><![CDATA[Ecuador]]></category>
		<category><![CDATA[Inconstitucional]]></category>
		<category><![CDATA[internacionales]]></category>
		<category><![CDATA[Reingreso]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 23 Jun (La Calle).- Ivonne Baki hizo un anuncio inconstitucional al indicar que Ecuador reingresará a la Convención sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (Ciadi). Así lo explicó el abogado y exasambleísta Luis Fernando Molina. «El artículo 419 de Constitución del Ecuador establece que solamente el [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 23 Jun (La Calle).- </strong>Ivonne Baki hizo un anuncio inconstitucional al indicar que Ecuador reingresará a la Convención sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (Ciadi). Así lo explicó el abogado y exasambleísta Luis Fernando Molina.</p>



<p>«El artículo 419 de Constitución del Ecuador establece que solamente el presidente de la República está facultado a suscribir tratados internacionales. Desde allí empieza el primer incumplimiento porque no se le faculta ni al canciller, ni a los embajadores suscribir este tipo de tratados. Ivonne Baki no tiene competencia», le dijo a <em>Radio La Calle</em>.</p>



<p>La segunda inconstitucional aparece en el mismo artículo que » también le da competencias a la Asamblea Nacional para aprobar previamente acuerdos que firme el presidente, justamente los que establecen un tipo de arbitraje», añadió.</p>



<p>Finalmente el artículo&nbsp; 422 establece que «se prohíbe la firma de tratados internacionales de sometimiento a arbitrajes internacionales donde&nbsp; se deje de lado la jurisdicción ecuatoriana sobre los temas a tratar».</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Ciadi y los TBI</strong></h3>



<p>Este gobierno no es el primero en pasar por alto la Constitución. El jurista explica que «desde febrero del 2020 se encuentra pendiente en Corte Constitucional una demanda de interpretación constitucional al artículo 422. Allí se habla de los tratados bilaterales de inversiones (TBI) que Moreno suscribió sin consultar a la Asamblea Nacional».</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>«Beneficios»</strong></h3>



<p>De acuerdo con las razones que esgrimió Baki para el reingreso de Ecuador a la Ciadi están los condicionamientos para un Tratado de Libre Comercio (TLC) con México. Para Molina hay que tener claro que «ningún tratado pasa por en cima de la soberanía nacional. En ese caso la solución sería suscribir un TLC con reservas, es decir evitando la parte de los arbitrajes internacionales por ir contra la Constitución».</p>



<p>El experto alertó que está demostrado que los TBI benefician a los grandes grupos económicos y a los consorcios de abogados que realizan lobing a favor de transnacionales y en detrimento del Estado ecuatoriano</p>



<p>«Habría que preguntarse cuáles grupos están detrás de este reingreso al Ciadi y a partir de eso podremos evidenciar los intereses ocultos», precisó.</p>
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