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	<title>Juan Pablo Albán archivos &#8212; La Calle</title>
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	<title>Juan Pablo Albán archivos &#8212; La Calle</title>
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		<title>«El caso Bernal debería ser tratado como feminicidio», dicen expertos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 17 Oct 2022 20:52:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Asamblea Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[Caso Bernal]]></category>
		<category><![CDATA[femicidio]]></category>
		<category><![CDATA[feminicidio]]></category>
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		<category><![CDATA[Policía Nacional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 17 oct (La Calle).- Los expertos en Derechos Humanos (DD.HH.), Juan Albán y Sybel Martínez aseguraron que existe responsabilidad estatal en los femicidios registrados en el Ecuador. La mañana del lunes 17 de octubre, se instaló la Comisión Ocasional por la Verdad, Justicia y Reparación del caso María Belén Bernal. Albán sostuvo que el [&#8230;]</p>
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<p><strong>Quito, 17 oct (La Calle).-</strong> Los expertos en Derechos Humanos (DD.HH.), Juan Albán y Sybel Martínez aseguraron que existe responsabilidad estatal en los femicidios registrados en el Ecuador. La mañana del lunes 17 de octubre, se instaló la <a href="https://www.asambleanacional.gob.ec/es">Comisión </a>Ocasional por la Verdad, Justicia y Reparación del caso María Belén Bernal.</p>



<p>Albán sostuvo que el término femicidio debería ser sustituido por feminicidio. Si el Estado ya conoce los problemas de la violencia contra la mujer entonces ya tiene la responsabilidad de actuar.</p>



<p>“Nosotros ya no deberíamos calificar el fenómeno que se viene presentando en Ecuador de simples femicidios, deberíamos empezar a utilizar la expresión de feminicidio. El Estado sabe que esto ocurre, pero no lo previene, investiga o sanciona como debe”, precisó. Es importante recalcar que en el país, el feminicidio aún no está tipificado en la Ley.</p>



<p>Albán ratificó que la violencia de género está normalizada en la dimensión simbólica, política, psicológica, física y sexual. Aclaró que, si bien el Estado tiene responsabilidad en el caso Bernal, no quiere decir que deba ser considerado un crimen de Estado.</p>



<p>&nbsp;“Que no se trate de crimen de Estado no significa que no haya responsabilidad estatal. Yo creo que el Estado tiene una primera carga de responsabilidad en este hecho”, expresó.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Negligencia del Estado ecuatoriano</strong></h3>



<p>La asambleísta por Izquierda Democrática (ID), Yeseña Guamaní recalcó la evasión del gobierno frente al caso Bernal y los demás femicidios. “Es lamentable que tengamos un gobierno que no quiera escuchar y reconocer que existe esta falta de política pública”.</p>



<p>La parlamentaria por Pachakutik (PK), Mireya Pazmiño responsabilizó al Estado por la muerte de las mujeres. “Siete de cada diez mujeres están sufriendo de violencia en el Ecuador con la negligencia de un Estado que no aplica y que no tiene ninguna política pública”.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>La violencia contra la mujer</strong></h3>



<p>La abogada y experta en DD.HH., Sybel Martínez señaló que la violencia contra la mujer es “sistemática, estructural y cultural”. Además, enfatizó que el femicidio es de los pocos delitos que tienen tanta carga simbólica.</p>



<p>Asimismo, explicó que existe un espíritu de cuerpo malsano en la Policía porque favorecieron la fuga del expolicía Germán Cáceres. Añadió que a diario al menos un uniformado es arrestado en el país por haber cometido contravenciones o delitos.</p>



<p>“Ha habido descuidos y desaciertos en los voceros del Gobierno, así como en su máximo representante que se negó a venir. Yo creo que esa negativa tiene que ver con ignorancia y miedo, porque no tiene respuestas”, mencionó.</p>



<p>La <a href="https://radiolacalle.com/">legisladora </a>Amada Ortiz sostuvo que existe una cortina de humo por parte del Gobierno y que dio mucho que pensar al país. “Era el momento y siempre será el momento porque señor Guillermo Lasso aún lo estamos esperando”.</p>
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		<title>“Lo razonable sería que la Corte finalice el proceso”, abogado de Yunda</title>
		<link>https://lacalle.media/lo-razonable-seria-que-la-corte-finalice-el-proceso-abogado-de-yunda/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Apr 2021 22:58:05 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Quito]]></category>
		<category><![CDATA[Social]]></category>
		<category><![CDATA[Jorge Yunda]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Pab]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Pablo Albán]]></category>
		<category><![CDATA[Municipio de Quito]]></category>
		<category><![CDATA[presunto peculado]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Juan Pablo Albán, abogado del alcalde Jorge Yunda, dijo que “lo razonable sería que la Corte dicte un auto de sobreseimiento” en la investigación por presunto peculado en la compra de 100 mil pruebas PCR.</p>
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<p><strong>Quito, 29 abr (La Calle). –</strong><a href="https://twitter.com/JuanPablo_Alban?s=20">Juan Pablo Albán</a>, abogado del alcalde Jorge Yunda, dijo que “lo razonable sería que la Corte dicte un auto de sobreseimiento” en el proceso de investigación por presunto peculado en la compra de 100 mil pruebas PCR.</p>



<p>“Lo razonable sería que el presidente de la Corte Provincial de Justicia dicte un auto de sobreseimiento (&#8230;) El señalamiento al Alcalde es que ha incurrido en peculado por declarar la emergencia sanitaria en la ciudad”, explicó Albán</p>



<p>Otras razones para poner fin a la investigación según Albán es que Yunda resolvió: 1) delegar funciones a determinadas secretarías municipales, 2)levantar los techos de gasto para adquirir los insumos médicos.</p>



<figure class="wp-block-video"><video controls src="blob:https://radiolacalle.com/732484ae-7963-4cb5-9c7c-63d9f7d3d92c"></video></figure>



<p>El pasado 26 de abril, La Fiscalía General del Estado (FGE) emitió dictamen acusatorio en contra del alcalde de Quito, Jorge Yunda, como <a href="https://radiolacalle.com/fiscalia-acusa-de-peculado-al-alcalde-jorge-yunda/">presunto autor mediato</a>.</p>



<p>Fiscalía aseguró que los elementos de convicción recabados durante la investigación demostrarían que el acalde de Quito, “tuvo conocimiento – en todo momento- del proceso de contratación y que preparó las condiciones esenciales para que Lenin M., exsecretario de Salud, suscribiera un contrato con Salumed S.A. por USD 4’226.880&nbsp;para la adquisición de reactivos PCR Polimerasa para detectar COVID-19&#8243;.</p>



<p>El 27 de abril, Fiscalía solicitó prisión preventiva para Yunda, debido a que de la investigación de la compra de pruebas PCR se derivan otros procesos que involucran a sus familiares. En ese momento, el burgomestre expresó “me sorprende que la FGE solicite prisión preventiva cuando al ser alcalde de Quito, no existe riesgo de fuga”.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>Qué es Sobreseimiento según el COIP</strong></h4>



<p>Según el Código Orgánico Integral Penal (<a href="https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/03/COIP_feb2018.pdf">COIP</a>), el Sobreseimiento es una institución jurídica regulada en el Art. 605 del COIP, que finaliza el proceso investigativo.</p>



<p><strong>Art. 605.-</strong> Sobreseimiento.- La o el juzgador dictará auto de sobreseimiento en los siguientes casos:</p>



<p><strong>1.</strong> Cuando la o el fiscal se abstenga de acusar y de ser el caso, dicha decisión sea ratificada por el superior.                                                                      <strong>2.</strong> Cuando concluya que los hechos no constituyen delito o que los elementos en los que la o el fiscal ha sustentado su acusación no son suficientes para presumir la existencia del delito o participación de la persona procesada.       <strong>3.</strong> Cuando encuentre que se han establecido causas de exclusión de la antijuridicidad</p>



<p><strong>Las consecuencias del sobreseimiento se contemplan en el Art. 607 de la misma normativa:</strong></p>



<p><strong>Art. 607.-</strong> Efectos de sobreseimiento. Con el sobreseimiento, la o el juzgador revocará toda medida cautelar y de protección. En el caso de prisión preventiva, ordenará la inmediata libertad, sin perjuicio de que vuelva a ordenarla si el auto de sobreseimiento es revocado. No se podrá iniciar una investigación penal por los mismos hechos.</p>
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