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	<title>medida cautelar archivos &#8212; La Calle</title>
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	<title>medida cautelar archivos &#8212; La Calle</title>
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		<title>Jueza negó la medida cautelar solicitada por Villavicencio</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Nov 2022 14:35:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Fernando Villavicencio]]></category>
		<category><![CDATA[medida cautelar]]></category>
		<category><![CDATA[Soledad Manosalvas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 17 nov (La Calle). – La jueza de Pichincha, Soledad Manosalvas negó la medida cautelar al asambleísta Fernando Villavicencio ya que el recurso no cumple el requisito de gravedad. La jueza admitió a trámite el recurso, pero no dio paso a la medida cautelar solicitada por Villavicencio. El legislador solicitaba que se deje sin [&#8230;]</p>
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<p><strong>Quito, 17 nov (La Calle). – </strong>La jueza de Pichincha, Soledad Manosalvas negó la medida cautelar al asambleísta Fernando Villavicencio ya que el recurso no cumple el requisito de gravedad.</p>



<p>La jueza admitió a trámite el recurso, pero no dio paso a la medida cautelar solicitada por Villavicencio. El legislador solicitaba que se deje sin efecto la sanción determinada por el Consejo de Administración Legislativa (CAL). Para Manosalvas, el caso no puede ocasionar daños irreversibles al demandante. Explicó que ante la eventualidad de que se determinen vicios del proceso, el demandante volverá a ejercer sus funciones luego de la suspensión.</p>



<p>Para el viernes 18 de noviembre está prevista la audiencia que analizará la acción de protección presentada por Villavicencio. La causal es dejar sin efecto la suspensión de 31 días determinada por el CAL, después de las expresiones ofensivas a la legisladora Patricia Núñez (UNES).</p>



<p>A favor de la sanción votaron, Virgilio Saquicela, presidente de la Asamblea; Marcela Holguín, primera vicepresidenta; Darwin Pereira, segundo vicepresidente; y, los vocales Esteban Torres y Ronny Aleaga. &nbsp;La medida cautelar fue dirigida a los cinco asambleístas, quienes fueron citados a la audiencia. (A.G.M)</p>
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		<title>El sistema judicial aceptó la medida cautelar solicitada por Guadalupe Llori</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 Apr 2022 16:35:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Guadalupe Llori]]></category>
		<category><![CDATA[medida cautelar]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 5 abr (La Calle).- El Tribunal de Garantías Penales aceptó la medida cautelar solicitada por la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori. Según un documento del Consejo de la Judicatura, los jueces que conocieron la petición y verificaron los hechos resolvieron declarar «la existencia de amenaza de vulneración de los derechos constitucionales contemplados en [&#8230;]</p>
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<p><strong>Quito, 5 abr (La Calle).-</strong> El Tribunal de Garantías Penales aceptó la medida cautelar solicitada por la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori. Según un documento del Consejo de la Judicatura, los jueces que conocieron la petición y verificaron los hechos resolvieron declarar «la existencia de amenaza de vulneración de los derechos constitucionales contemplados en los artículos 82 de la Constitución».</p>



<p>Este artículo de la normativa señala que «el derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes».</p>



<p>Tras el fallo judicial, el legislador Fausto Jarrín, de UNES, se abstuvo de continuar con la moción para cambiar el orden del día. «Llegamos a instalar este pleno con la grosera y afrentosa intromisión de la Función Judicial en las capacidades del legislativo» expresó Jarrin.</p>



<p>Asimimso, sostuvo que en razón de las medidas cautelares que la presidenta de la Asamblea consiguió «en contra de toda lógica de autonomía» se abstuvo de solicitar el cambio en el orden del día. «No voy a violar la normativa constitucional», aseveró.</p>



<p>Con esta resolución, el Pleno de la Asamblea Nacional no podrá conformar la comisión multipartidista para evaluar al Consejo de Administración Legislativa.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Las reacciones</strong></h3>



<p>Legisladores, analistas políticas y ciudadanos expresaron su rechazo a la resolución del sistema judicial. Hace poco el vicepresidente de la Legislatura, Virgilio Saquicela, aseguró que una resolución favoreble podría considerarse como una intromisión en la Función Legislativa.</p>



<p>Por su parte, el abogado André Benavides dijo que con la abstención de Jarrín para el cambio del orden del día ya se puede solicitar la revocatoria de medidas cautelares. «Lo que corresponde ahora es presentar la denuncia por incumplimiento de funciones para la destitución de la presidenta de la Asamblea», explicó.</p>
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		<title>La medida cautelar solicitada por Guadalupe Llori es improcedente</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 Apr 2022 14:46:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Asamblea Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[Guadalupe Llori]]></category>
		<category><![CDATA[medida cautelar]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 05 abr (La Calle).- Durante una entrevista con Notimundo, el abogado constitucionalista, Ismael Quintana, sostuvo que la medida cautelar solicitada por la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, en primera instancia, no suspende el tratamiento del cambio del orden del día, previsto para la sesión de este martes, ni la decisión de conformar o [&#8230;]</p>
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<p><strong>Quito, 05 abr (La Calle).-</strong> Durante una entrevista con <em>Notimundo</em>, el abogado constitucionalista, Ismael Quintana, sostuvo que la medida cautelar solicitada por la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, en primera instancia, no suspende el tratamiento del cambio del orden del día, previsto para la sesión de este martes, ni la decisión de conformar o no una comisión evaluadora.</p>



<p>Además, para Quintana, el pedido de LLori  es improcedente, pues no cumple con los cuatro requisitos que la Jurisprudencia Constitucional ha determinado, porque debería darse por <em>“una grave e inminente amenaza de violar un derecho fundamental”</em>, lo que ha criterio del profesional no ocurre.</p>



<p>“Un juez honesto debería rechazar por improcedente el pedido de medida cautelar y sancionar a quienes han patrocinado a Guadalupe Llori por abuso del derecho”, enfatizó Quintana.</p>



<p>Por su parte, Llori informó que presentó una medida cautelar ante la justicia «para evitar que se vulnere el debido proceso y la seguridad jurídica en la Asamblea Nacional, respecto a la conformación de una comisión pluripartidista ad-hoc». </p>



<p>Insistió que no se puede irrespetar la ley y los pronunciamientos de la Procuraduría General del Estado. Asimismo, dijo que el cambio del orden del día presentado por el legislador de UNES, Fausto Jarrín, será tramitado conforme la Ley.</p>



<p><strong>Puede interesarle: <a href="https://radiolacalle.com/las-medidas-cautelares-son-un-intento-ilegal-de-llori-para-no-responder-ante-el-pleno/">Las medidas cautelares son un intento ilegal de Llori para no responder ante el Pleno</a></strong></p>
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