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	<title>Recuento archivos &#8212; La Calle</title>
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		<title>¿Por qué no aprobó el TCE el recurso subjetivo de Yaku Pérez?</title>
		<link>https://lacalle.media/yaku-perez-sin-argumentos-pedido-recuento-analiza-experto/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 15 Mar 2021 16:58:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Elecciones 2021]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[argumentos]]></category>
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		<category><![CDATA[pedido]]></category>
		<category><![CDATA[Recuento]]></category>
		<category><![CDATA[Yaku Pérez]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>No obstante, existen varias inconsistencias y argumentos débiles en el pedido. de Yaku Pérez al Contencioso Electoral.</p>
<p>La entrada <a href="https://lacalle.media/yaku-perez-sin-argumentos-pedido-recuento-analiza-experto/">¿Por qué no aprobó el TCE el recurso subjetivo de Yaku Pérez?</a> se publicó primero en <a href="https://lacalle.media">La Calle</a>.</p>
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<p><strong>Quito, 15 mar (La Calle).- </strong>El excandidato presidencial por Pachakutik, Yaku Pérez, recibió una <a href="https://radiolacalle.com/category/politica/elecciones2021/">negativa del Tribunal Contencioso Electoral </a>(TCE) a la solicitud de un recuento de las actas en 16 provincias del país. No obstante, existen varias inconsistencias y argumentos débiles en el pedido, explica el analista <a href="https://twitter.com/mauroandinoe/status/1371318139951198209?s=20">Mauro Andino</a>.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Actas de distintas dignidades</strong></h3>



<p>De acuerdo con el artículo 138 del Código de la Democracia, la Junta Electoral pedirá la verificación de resultados en una urna en tres casos: cuando exista inconsistencia numérica. Cuando falten las firmas del secretario o el presidente de la Junta. Cuando el acta presentada no coincida con el acta computada. De acuerdo con Andino, Pérez pedía comparar las actas de diferentes dignidades.</p>



<p>“Estaba tan mal presentado el Recurso, que pedía se comparen actas de escrutinio de Presidente con actas de Asambleístas Nacionales, Provinciales y Parlamentarios Andinos. La supuesta prueba era que los porcentajes de votos no coincidían entre esas dignidades y era algo «ilógico» (…) Eso no constituye prueba, ni demuestra “fraude”. No tiene base científica. Que los candidatos a la Asamblea saquen cierto % de votos, no significa que el binomio presidencial deba tener idéntico número de sufragios. Son dignidades y competidores distintos”, explica Andino.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Porcentaje menor al 1%</strong></h3>



<p>En el caso de la inconsistencia numérica, ésta debe ser igual o mayor al 1%. “En la sentencia del TCE se señalan varios casos donde la inconsistencia entre sufragantes y sufragios no era mayor al 1% y ante eso, no cabía realizar -innecesariamente- un recuento de dichos votos”, precisó Andino.</p>



<p>La sentencia indica que en el cantón Mira, provincia de Carchi, en una de las Juntas, la diferencia era de un voto que equivale al 0.34%. La misma situación sucedió en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Reunión de Yaku con Lasso</strong></h3>



<p>De acuerdo con el TCE, la reunión entre Pérez y el candidato de CREO-PSC, Guillermo Lasso “no tiene valor legal, ya que los participantes del mismo no tienen ninguna capacidad jurídica sobre el objeto de la transacción”. Es decir, los paquetes electorales con votos y actas son un bien electoral no susceptible de acuerdos.</p>



<p>“El electorado de Pachakutik tiene razón de estar molesto y el causante de aquello es el CNE por divulgar el 7F los resultados del conteo rápido, a pesar que la diferencia con Lasso era menor al 1%”, agregó el analista.</p>
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		<title>Lasso sigue en segunda vuelta; 31 actas serán recontadas</title>
		<link>https://lacalle.media/lasso-sigue-en-segunda-vuelta-31-actas-seran-recontadas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 27 Feb 2021 02:39:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Elecciones 2021]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Actas]]></category>
		<category><![CDATA[Guillermo Lasso]]></category>
		<category><![CDATA[Recuento]]></category>
		<category><![CDATA[segunda vuelta]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Con cuatro votos a favor y una abstención, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) dispuso el reconteo de 31 actas con inconsistencias </p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Quito, 26 feb ( La Calle).-</strong> Con cuatro votos a favor y una abstención, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) dispuso el reconteo de 31 actas con inconsistencias de más de 26.000 que presentó movimiento Pachakutik. Con esta decisión se aprueba parcialmente el pedido del movimiento.</p>



<p>«Se dispone el reconteo de las actas en Guayas, Esmeraldas, Carchi, Azuay, Cañar, Cotopaxi, Pichincha, Santo Domingo y Los Ríos al encontrarse 10 actas con inconsistencia s numéricas y 21 con falta de firmas», indicó el Pleno del CNE.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Las actas</strong></h3>



<p>Solo en 31 actas de 16 mil presentadas por el organismo electoral, se han presentado inconsistencias. Así se dio a conocer, por parte del secretario del CNE. “Según la verificación de las inconsistencias, se ha detectado inconsistencias en 31 actas”.</p>



<p>De las actas entregadas, 1.453 están repetidas, 5.409 eran válidas y 340 ya se recontaron en las provincias correspondientes.</p>



<p>Adicionalmente, el CNE aseguró que la comparación de resultados no es procedente, pues no se ciñe al artículo 138 el Códico de la Democracia.</p>



<p>Esta resolución, por lo menos de forma parcial, no altera los resultados electorales que hasta el momento se conocen.</p>
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