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	<title>Tratados bilaterales de inversión archivos &#8212; La Calle</title>
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	<title>Tratados bilaterales de inversión archivos &#8212; La Calle</title>
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		<title>Corte Constitucional falla a favor del control de los TBI</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Jan 2022 20:07:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Reforma]]></category>
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		<category><![CDATA[Tratados bilaterales de inversión]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quito, 14 ene (La Calle). – La Corte Constitucional falló en contra de la interpretación de los tratados bilaterales de inversión, por lo que si el presidente quiere suscribir uno debe recurrir a la reforma constitucional de un artículo. Así lo explica el abogado Luis Fernando Molina, uno de los solicitantes de amicus curiae en [&#8230;]</p>
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<p><strong>Quito, 14 ene (La Calle). –</strong> La Corte Constitucional falló en contra de la interpretación de los tratados bilaterales de inversión, por lo que si el presidente quiere suscribir uno debe recurrir a la reforma constitucional de un artículo. Así lo explica el abogado Luis Fernando Molina, uno de los solicitantes de amicus curiae en este caso.</p>



<p>“En este momento el fallo de la Corte Constitucional desecha la posibilidad de interpretación de los tratados bilaterales de inversión (TBI) y si el presidente desea suscribir uno de estos TBI necesitará pasar primero por un proceso de reforma constitucional al artículo 422”, explicó el jurista a Radio La Calle.</p>



<p>El artículo 122 de nuestra Constitución menciona que:</p>



<p>“No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas”.</p>



<p>Si no se realiza esto toda suscripción que se realice podría ser nula o inconstitucional. “Debe ser observada en la Asamblea y el presidente tendría problemas por incumplimiento de la Constitución”.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Los TBI</strong></h3>



<p>De acuerdo con Molina, los TBI son mecanismos de protección a la inversión extranjera en condiciones asimétricas. “Era una manera nueva de llegar a los arbitrajes internacionales que tanto daño le han hecho al país. Un ejemplo es el caso Chevron I, II y III. De acuerdo con la Procuraduría General del Estado, existen 10 procesos donde el Ecuador está subyugado al arbitraje internacional”, explicó.</p>



<p>El fallo de la Corte Constitucional llega en un momento de la política exterior del Ecuador está negociando un acuerdo comercial con México y busca un trato con Estados Unidos y China. “Va a ser un limitante para la suscripción de estos acuerdos si existen tratados bilaterales de inversión.</p>
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		<title>CONAIE: “La Corte Constitucional ha mostrado su alineamiento con la política del Gobierno”</title>
		<link>https://lacalle.media/conaie-la-corte-constitucional-ha-mostrado-su-alineamiento-con-la-politica-del-gobierno/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[La Calle]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Jan 2022 16:11:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Social]]></category>
		<category><![CDATA[Asamblea Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[CONAIE]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[Leonidas Iza]]></category>
		<category><![CDATA[Tratados bilaterales de inversión]]></category>
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<p><strong>Quito, 13 ene (La Calle). –</strong> &nbsp;Ayer, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) expresó, mediante un comunicado, “su profunda preocupación por la eventual interpretación forzada del artículo 422 de la Constitución que pretendería realizar la Corte Constitucional a fin de revivir los tratados bilaterales de inversión (TBI)”.</p>



<p>El escrito reza que, en dictámenes pasados, la Corte Constitucional ha mostrado su alineamiento a la política del gobierno liderado por Guillermo Lasso; por ejemplo, cuando resolvió la adhesión del Ecuador al Convenio del Centro Internacional para la Arreglo de Diferencias relativas a inversiones (CIADI), institución que constituye el centro de arbitraje internacional más utilizado por las transnacionales.</p>



<p>Igualmente, la Confederación considera que los TBI no incluyen «obligaciones ni respeto de los derechos humanos a cargo de las empresas transnacionales, lo que pone en situación de vulnerabilidad a los derechos ambientales, sociales y culturales de las poblaciones, pueblos y nacionalidades indígenas y afros, ascendientes que habitan en las zonas de operación de concesiones y empresas de extranjeras».</p>



<p>También se manifestó que estos tratados “tuvieron como efecto graves afectaciones para el Patrimonio Nacional y que han contribuido a asegurar la impunidad de las transnacionales extractivas”.</p>



<p>En este sentido, la confederación insta a la Corte Constitucional a «afirmar su independencia política cumplir con su misión institucional de garantizar la plena vigencia de la Constitución y de los derechos fundamentales» y al Estado a respetar la “voluntad del pueblo ecuatoriano expresada en la Constitución de 2008&#8243;.</p>



<p>Por otro lado, Leonidas Iza, presidente de la CONAIE, compartió el comunicado y publicó, en su cuenta de Twitter, «la actuación de la Corte Constitucional ecuatoriana debe priorizar los derechos de la naturaleza y pueblos originarios, la soberanía nacional y los derechos de humanos de los ecuatorianos (&#8230;)».</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-rich is-provider-twitter wp-block-embed-twitter"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<blockquote class="twitter-tweet" data-width="550" data-dnt="true"><p lang="es" dir="ltr">La actuación de la <a href="https://twitter.com/CorteConstEcu?ref_src=twsrc%5Etfw">@CorteConstEcu</a> debe priorizar los derechos de la naturaleza y pueblos originarios, la soberanía nacional y los <a href="https://twitter.com/hashtag/DDHH?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#DDHH</a> de los ecuatorianos, no debe permitir nuevos Tratados Bilaterales de Inversión, pues garantizan la impunidad de las corporaciones extractivas. <a href="https://t.co/2PU9id33mr">https://t.co/2PU9id33mr</a></p>&mdash; Leonidas Iza Salazar Oficial (@LeonidasIzaSal1) <a href="https://twitter.com/LeonidasIzaSal1/status/1481394082345893888?ref_src=twsrc%5Etfw">January 12, 2022</a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script>
</div></figure>



<h3 class="wp-block-heading">TBI</h3>



<p>La Revista ecuatoriana de Arbitraje explica que los TBI se constituyen en «instrumentos del Derecho internacional destinados a promover flujos internacionales de capital mediante el establecimiento de ciertas protecciones (…) cuando inversionistas internacionales hacen negocios en países distintos a su país de origen».</p>



<p>Es decir, estos tratados buscan hacer efectiva la protección al inversionista extranjero por parte del estado receptor.</p>



<p>Sin embargo, la Comisión para la Auditoría Integral Ciudadana de los Tratados de Protección Recíproca de Inversiones y del Sistema de Arbitraje Internacional en Materia de Inversiones (Caitisa) considera que el poder hegemónico se canaliza mediante estos tratados que, lejos de ser bilaterales, sitúan a los países menos desarrollados en gran desventaja.</p>



<p>En una entrevista a diario El Telégrafo, Piedad Mancero, integrante de la Caitisa, señala que este poder hegemónico se alcanza mediante el endeudamiento y el financiamiento.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Ordenamiento Jurídico</h3>



<p>El artículo 422 de la Carta Magna se encuentra en el capítulo II “Tratados e instrumentos internacionales”, en el título VIII “Relaciones Internacionales”.</p>



<p><strong>Art. 422. &#8211;</strong> No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas.</p>



<p>Este capítulo hace referencia a los tratados ratificados por el país y la necesidad de que éstos se encuentran sujetos a la Constitución. </p>



<p>Además, con el artículo se busca evitar que el Estado se someta ante resoluciones de las diferencias provenientes de inversiones extranjeras e instancias de arbitraje internacional.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Un poquito de historia</h3>



<p>El Estado ecuatoriano, históricamente, ha tenido que enfrentar demandas presentadas por las empresas transnacionales que invirtieron el país y que luego argumentaron algún tipo de perjuicio.</p>



<p>Las empresas extranjeras, tras la protección de los tratados, hicieron sus demandas ante tribunales internacionales sin acudir a las instancias locales, ya que el Estado ecuatoriano, al firmar esos acuerdos, permitió que se cedan espacios de solución de conflictos en el exterior y que no se atiendan de manera interna.</p>



<p>Lo anterior dio como resultado demandas contrarias al Estado ecuatoriano y que este haya tenido que realizar pagos millonarios. Los casos más representativos son: Chevron-Texaco y Oxy.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Sobre la acción de interpretación</h3>



<p>Por otra parte, en 2018,&nbsp;la Asamblea Nacional presentó una acción de interpretación, es decir, una reflexión del sentido y alcance, en este caso del artículo 422 de la Constitución. </p>



<p>De esta manera, en su página web, el Instituto Ecuatoriano de Arbitraje (IEA), en su apartado acción de interpretación del artículo 422 de la Constitución publicado en 2020, consideró “conjuntamente los incisos primero y segundo del artículo 422 de la Constitución”, y después de su análisis, llegó a la conclusión de que los tratados bilaterales de inversión quedan fuera de la prohibición.</p>



<p>Además, el IEA indicó que presentó un&nbsp;<em>amicus curiae, </em>elaborado por David Toscano Andrade y Javier Jaramillo Troya, miembros del Comité de Jóvenes del instituto, ante la Corte Constitucional con su conclusión, por lo que la Corte debe alejarse del criterio por el cual declaró la inconstitucionalidad de varios TBIs firmados por el Ecuador.</p>
<p>La entrada <a href="https://lacalle.media/conaie-la-corte-constitucional-ha-mostrado-su-alineamiento-con-la-politica-del-gobierno/">CONAIE: “La Corte Constitucional ha mostrado su alineamiento con la política del Gobierno”</a> se publicó primero en <a href="https://lacalle.media">La Calle</a>.</p>
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